Artículo 6. Obligados a presentar el modelo 310.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-11-30.
Texto consolidado
(Derogado).
Téngase en cuenta que será aplicable a las operaciones realizadas a partir del 1 de enero de 2014, según establece la disposición final 3 de la citada Orden.
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Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2013-12489.
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- Ver la norma completa: Orden EHA/672/2007, de 19 de marzo, por la que se aprueban los modelos 130 y 131 para la autoliquidación de los pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondientes, respectivamente, a actividades económicas en estimacion directa y a actividades económicas en estimación objetiva, el modelo 310 de declaración ordinaria para la autoliquidaciòn del régimen simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido, se determinan el lugar y forma de presentación de los mismos y se modifica en materia de domiciliación bancaria la Orden EHA/3398/2006, de 26 de octubre.