Artículo 6. Convalidaciones entre módulos del bloque común.
Artículo 6 de la Orden EFP/892/2023, de 26 de julio, por la que se establecen convalidaciones entre módulos del bloque común de las enseñanzas deportivas y determinados títulos oficiales relacionados con la actividad física y el deporte y se regula el procedimiento para la resolución individualizada de convalidaciones. · BOE-A-2023-17498
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-08-18.
Texto consolidado
Se establecen las convalidaciones entre los módulos del bloque común del correspondiente ciclo inicial, final o superior de los títulos establecidos al amparo de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, y los módulos del bloque común del primer nivel, segundo nivel o tercer nivel, respectivamente, en cualquiera de las modalidades o especialidades deportivas de los títulos establecidos al amparo del Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo y viceversa, que se especifican en el anexo III.
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