Artículo 6.
Artículo 6 de la Orden de 31 de diciembre de 1976 sobre garantía obligatoria de envases y embalajes en las ventas de cerveza y bebidas refrescantes. · BOE-A-1977-2059
Atención: BOE-A-1977-2059 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Las infracciones a lo preceptuado en la presente disposición serán consideradas como incumplimiento a la normativa para el ejercicio de actividades comerciales, de acuerdo con lo regulado en el Título II, Capítulo II, del artículo cuarto, apartado segundo, del Decreto del Ministerio de Comercio 3632/1974, de 20 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 19, de 22 de enero de 1975).