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Orden Vigente

Artículo 6. Forma y plazo de presentación de las solicitudes.

Artículo 6 de la Orden CUD/769/2018, de 17 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas previstas en el Capítulo III de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, y se determina la estructura del Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales. · BOE-A-2018-10176

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-07-20.

Texto consolidado

1. De acuerdo con los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, las solicitudes se presentarán obligatoriamente a través de la sede electrónica del Ministerio de Cultura y Deporte, mediante los modelos normalizados disponibles en la misma.

2. La presentación de las solicitudes conllevará la autorización de los solicitantes para que el órgano instructor obtenga de forma directa las acreditaciones del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la seguridad social. No obstante, el solicitante podrá denegar expresamente dicho consentimiento, en cuyo caso deberá aportar las correspondientes certificaciones, de acuerdo con lo que se establece en el artículo siguiente.

3. El plazo máximo de presentación de las solicitudes será de treinta días a contar desde el día siguiente al de su publicación de acuerdo con lo previsto en el artículo 4.1.

4. Cuando la solicitud o alguno de los documentos que la acompañen adolezca de algún defecto se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, de lo que se dejará constancia en la resolución a la que se refiere el artículo 8.6.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-07-20.

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