Artículo 6. Límites de desembarque por buque.
Artículo 6 de la Orden APM/605/2018, de 1 de junio, por la que se establece un plan de gestión y recuperación para la sardina (Sardina pilchardus) de las aguas ibéricas (8c y 9a) del Consejo Internacional para la Exploración del Mar. · BOE-A-2018-7500
Atención: Orden APM/605/2018 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Mediante resolución de la Secretaría General de Pesca podrán establecerse límites de desembarque por buque para cada una de las flotas que participan en la pesquería con el objeto de mejorar el control del consumo y la eficiencia de las capturas máximas anuales establecidas según la regla de explotación señalada en al artículo 4.
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