Artículo 6. Topes máximos de captura.
Artículo 6 de la Orden APA/315/2020, de 1 de abril, por la que se establecen criterios de gestión de las posibilidades de pesca asignadas al Reino de España y se modifican determinadas órdenes ministeriales que regulan la actividad pesquera de las flotas que hacen uso de las mismas. · BOE-A-2020-4255
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-04-03.
Texto consolidado
1. Para evitar el efecto estrangulamiento derivado de la obligación de desembarque, en especial en el caso de las cuotas no repartidas de forma individual, por el que la captura accidental de ciertas especies puede generar el agotamiento de la cuota para la misma impidiendo pescar la especie objetivo, la Secretaría General de Pesca podrá establecer, mediante resolución publicada en el «Boletín Oficial del Estado» y oído el sector, topes máximos de captura para los diferentes stocks de las especies sometidas a TAC y cuotas que puedan convertirse en especies de efecto estrangulamiento, con el objetivo de racionalizar su consumo a lo largo del año.
2. Los topes máximos de captura previstos en el apartado anterior podrán establecerse, bien de manera global, bien por censo, modalidad o buque, dependiendo de si la cuota del stock correspondiente ha sido previamente objeto de reparto en esos términos.
3. Contra dicha resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el plazo máximo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación, de acuerdo con dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Más artículos de Orden APA/315/2020
- ← Artículo 5. Mecanismo de optimización anual del uso de cuotas.
- → Artículo 7. Reservas de posibilidades de pesca.
- Ver la norma completa: Orden APA/315/2020, de 1 de abril, por la que se establecen criterios de gestión de las posibilidades de pesca asignadas al Reino de España y se modifican determinadas órdenes ministeriales que regulan la actividad pesquera de las flotas que hacen uso de las mismas.