Artículo 6. Remisión de la información por vía electrónica.
Artículo 6 de la Orden AAA/1072/2013, de 7 de junio, sobre utilización de lodos de depuración en el sector agrario. · BOE-A-2013-6414
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-06-15.
Texto consolidado
La remisión a las Administraciones Públicas de la información prevista en esta Orden para su incorporación al Registro Nacional de Lodos se efectuará por medios electrónicos.