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Ley Foral Vigente

Artículo 6. Presidencia.

Artículo 6 de la Ley Foral 9/2023, de 22 de marzo, del Consejo Navarro de Medio Ambiente. · BOE-A-2023-9222

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-04-05.

Texto consolidado

1. La presidencia corresponderá a la persona titular del departamento con competencias en materia de medio ambiente.

2. Corresponden a la presidencia las atribuciones previstas en el artículo 21 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral.

3. En casos de vacante, ausencia, enfermedad, u otra causa justificada, será sustituida o sustituido por la persona que ocupe la vicepresidencia.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-04-05.

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