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Ley Foral Vigente

Artículo 6. Subvención por obtención de calificación energética en la promoción de viviendas protegidas.

Artículo 6 de la Ley Foral 6/2009, de 5 de junio, de medidas urgentes en materia de urbanismo y vivienda. · BOE-A-2009-10581

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-06-15.

Texto consolidado

1. Los promotores de viviendas protegidas cuyos proyectos obtengan una calificación energética de la clase A, B o C, según lo establecido en el Real Decreto 47/2007, de 19 de enero, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de edificios de nueva construcción, accederán a una subvención con las siguientes cuantías:

Nivel de calificación energética A: 40 euros por cada metro cuadrado útil de vivienda.

Nivel de calificación energética B: 30 euros por cada metro cuadrado útil de vivienda.

Nivel de calificación energética C: 20 euros por cada metro cuadrado útil de vivienda.

2. La subvención se abonará una vez obtenida la calificación definitiva de las viviendas, si bien el promotor podrá percibir hasta el 50 por 100 de su importe tras obtener la calificación provisional, previa presentación de aval suficiente que cubra el importe de la subvención solicitada.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2009-06-15.

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