Artículo 6. Principios de colaboración interadministrativa.
Artículo 6 de la Ley Foral 14/2005, de 22 de noviembre, del Patrimonio Cultural de Navarra. · BOE-A-2005-20981
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-02-25.
Texto consolidado
1. Las relaciones entre las diversas Administraciones Públicas y los organismos que de ellas dependan estarán sometidas a los principios de eficacia, coordinación, colaboración, cooperación e información mutua.
2. Las entidades locales cooperarán con el Departamento competente en materia de cultura en el cumplimiento de la presente Ley Foral en la protección, acrecentamiento y transmisión del Patrimonio Cultural comprendido en su ámbito geográfico, adoptando las medidas oportunas para evitar su deterioro, pérdida o destrucción.