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Ley Vigente

Artículo 6. Reconocimiento y apoyo institucional.

Artículo 6 de la Ley 8/2016, de 27 de mayo, de igualdad social de lesbianas, gais, bisexuales, transexuales, transgénero e intersexuales, y de políticas públicas contra la discriminación por orientación sexual e identidad de género en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. · BOE-A-2016-6170

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-06-01.

Texto consolidado

1. Las instituciones y los poderes públicos de la Región de Murcia contribuirán a la visibilidad de las personas LGBTI, respaldando y realizando campañas y acciones afirmativas con el fin de promover el valor positivo de la diversidad en materia de identidad y expresión de género, relaciones afectivo-sexuales y familiares, con especial atención a sectores de población especialmente discriminados.

2. La consejería competente en materia de mujer promoverá la realización de campañas que contribuyan a la erradicación de la doble discriminación que sufren las mujeres lesbianas y bisexuales por razones de orientación sexual y de género.

3. Los poderes públicos de la Región de Murcia conmemorarán cada 17 de mayo el día internacional contra la homofobia, lesbofobia, bifobia y transfobia. La Asamblea Regional acogerá los actos de celebración institucional en reconocimiento y apoyo a las personas LGBTI. Tanto la Asamblea Regional como el Consejo de Gobierno instalarán la bandera arcoiris LGBTI en la sede de Presidencia y sede de la Asamblea Regional con motivo de tal celebración.

Se recomendará a la Federación de Municipios de la Región de Murcia y ayuntamientos de la Comunidad Autónoma a realizar el mismo acto.

4. Asimismo, los poderes públicos prestarán respaldo a la celebración en fechas conmemorativas de actos y eventos que, como formas de visibilización, constituyen instrumentos de normalización y consolidación de la igualdad social plena y efectiva en la vida de las personas LGBTI. En particular se respaldará y apoyará las acciones que el movimiento social y activista LGBTI realice el día 28 de junio, Día Internacional del Orgullo LGBTI o Día Internacional de Lesbianas, Gais, Bisexuales, Transexuales, Transgénero e Intersexuales.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2016-06-01.

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