Artículo 6. Principios de cooperación y auxilio interadministrativo.
Artículo 6 de la Ley 8/2002, de 5 de diciembre, de Ordenación y Modernización de las Estructuras Agrarias de la Comunidad Valenciana. · BOE-A-2003-614
Atención: Ley 8/2002 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
En aplicación de los principios de cooperación y auxilio interadministrativo que informan el funcionamiento
y la estructura del modelo de organización territorial implantado por la Constitución, la administración de la Comunidad Valenciana y el estado ajustarán sus relaciones, especialmente en los supuestos de acción conjunta o coordinación, conforme a los principios de cooperación, lealtad, colaboración, información mutua y recíproco auxilio, con pleno respeto a los respectivos ámbitos competenciales.
Sin perjuicio del recurso a otras técnicas de cooperación, y en el orden instrumental derivado de una suficiente dotación presupuestaria, la Comunidad Valenciana y el estado celebrarán los correspondientes convenios de participación o colaboración que resulten pertinentes para la cobertura y financiación de las medidas de fomento y desarrollo agrario previstas en la presente ley, todo ello dentro del marco de la normativa dictada por la Unión Europea.