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Ley Derogada

Artículo 6. Proyección exterior.

Artículo 6 de la Ley 8/1995, de 30 de octubre, del patrimonio cultural de Galicia. · BOE-A-1995-25952

Atención: Ley 8/1995 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

La difusión exterior del patrimonio cultural de Galicia será impulsada por la Junta de Galicia, que fomentará los intercambios culturales que estime oportunos y promoverá, en el ámbito de sus competencias, la celebración de convenios o acuerdos con las demás Comunidades Autónomas, así como con los estados en que se encuentren bienes integrantes del patrimonio cultural de Galicia.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1995-11-09.

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