Artículo 6. Ámbito de aplicación de la Política cloud del sector público autonómico.
Artículo 6 de la Ley 7/2023, de 23 de febrero, de medidas para la implantación y desarrollo en Aragón de tecnologías en la nube (tecnologías cloud). · BOE-A-2023-7736
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-03-14.
Texto consolidado
1. La Política cloud se aplicará a todo el sector público autonómico, excepto a las universidades públicas integradas en el Sistema Universitario de Aragón.
2. Las universidades públicas integradas en el Sistema Universitario de Aragón y las entidades que integran la Administración local aragonesa podrán adherirse a la Política cloud de acuerdo con lo previsto en el artículo 18.
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