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Ley Vigente

Artículo 6.

Artículo 6 de la Ley 7/1987, de 8 de mayo, por la que se regula el procedimiento de designación de Senadores representantes de la Comunidad de Castilla y León. · BOE-A-1987-13249

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1987-05-12.

Texto consolidado

1. Efectuada la votación de la forma establecida en el artículo anterior, el Presidente de las Cortes dará cuenta a la Cámara del resultado de la misma y procederá, en su caso, a proclamar a los designados Senadores en representación de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

2. La Mesa de la Cámara les hará entrega de las pertinentes credenciales.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1987-05-12.

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