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Ley Vigente

Artículo 6. Formación y capacitación en igualdad.

Artículo 6 de la Ley 6/2019, de 25 de noviembre, del Estatuto de las Mujeres Rurales de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2020-1533

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-12-18.

Texto consolidado

1. La Consejería competente en materia de desarrollo rural promoverá acciones de sensibilización y formación en igualdad de forma transversal en el medio rural y en todo el sector agroalimentario. Entre otras medidas, se introducirá al menos un módulo sobre igualdad en los contenidos formativos para acreditar la capacitación necesaria para la incorporación a la empresa agraria.

2. Asimismo adoptará las medidas necesarias para una formación básica, progresiva y permanente en materia de igualdad de mujeres y hombres, como mínimo para el personal implicado en la coordinación de acciones mencionada en el artículo 5, a fin de poder desarrollar su labor coordinadora satisfactoriamente.

3. Estas acciones serán coordinadas por la Unidad de Igualdad de la Consejería competente en desarrollo rural.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-12-18.

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