Artículo 6. Regulación del régimen estatutario.
Artículo 6 de la Ley 6/2003, de 22 de abril, del Estatuto de los ex presidentes de la Generalidad. · BOE-A-2003-10530
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-05-09.
Texto consolidado
Corresponde al Gobierno regular el régimen estatutario de los ex presidentes de la Generalidad, determinar los medios personales y materiales que deben ponerse a su disposición, establecer el régimen de precedencias que correspondan en los actos públicos a que asistan y adoptar los servicios de seguridad que se consideren necesarios.