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Ley Vigente 2 redacciones

Artículo 6. Registro de Agentes del Sistema Gallego de Investigación e Innovación.

Artículo 6 de la Ley 5/2013, de 30 de mayo, de fomento de la investigación y de la innovación de Galicia. · BOE-A-2013-7478

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-01-01.

Texto consolidado

1. Se crea el Registro de Agentes del Sistema Gallego de Investigación e Innovación, dependiente de la Agencia Gallega de Innovación, para facilitar la coordinación y estructuración del Sistema gallego de investigación e innovación.

2. La Agencia Gallega de Innovación gestionará este registro con la finalidad de mantener actualizada y completa una relación de las entidades que operan dentro del ámbito de la investigación, valorización, transferencia e innovación en Galicia, para posibilitar su identificación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2016-01-01.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 13/2015, de 24 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas..

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