Artículo 6. Fomento de la participación.
Artículo 6 de la Ley 4/2009, de 1 de diciembre, de participación institucional de los Agentes Sociales en el ámbito de la Comunidad Autónoma. · BOE-A-2010-929
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-12-25.
Texto consolidado
De acuerdo con la presente Ley, el Gobierno fomentará la participación institucional en el marco de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, mediante la creación de órganos tripartitos en las diferentes áreas orgánicas y funcionales relacionadas con la materia socioeconómica, así como el mediante el mantenimiento de los ya existentes, con las debidas adaptaciones.