Artículo 6. Abstención.
Artículo 6 de la Ley 4/1995, de 6 de abril, de incompatibilidades, actividades y bienes de los altos cargos del Principado de Asturias. · BOE-A-1995-15187
Atención: Ley 4/1995 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Quienes desempeñen un alto cargo vienen obligados a abstenerse del conocimiento de los asuntos en cuyo despacho hubiera intervenido o que interesen a empresas o sociedades en cuya dirección, asesoramiento o administración hubieran tenido o tengan alguna parte ellos, su cónyuge o persona de su familia dentro del segundo grado civil.