Artículo 6. Derecho de información.
Artículo 6 de la Ley 30/2002, de 17 de diciembre, de Protección Civil y Atención de Emergencias de Aragón. · BOE-A-2003-1496
Atención: Ley 30/2002 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Los ciudadanos tienen derecho a ser informados de los riesgos colectivos graves que puedan afectarles y de las medidas para enfrentarse a ellos.
2. El derecho de información determina la obligación de las administraciones públicas en Aragón, en sus respectivos ámbitos competenciales, de proporcionar información e impartir instrucciones en grado suficiente a las personas que pueden verse afectadas por situaciones de grave riesgo sobre las medidas de seguridad que deben adoptar y la conducta a seguir en caso de emergencia.