El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 6.

Artículo 6 de la Ley 3/1988, de 27 de abril, de creación del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo. · BOE-A-1988-13637

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1988-05-30.

Texto consolidado

Será competencia del Consejo de la Junta:

a) Autorizar las transmisiones de terrenos a título gratuito que proyecte efectuar el Instituto en favor de Entidades públicas, cuyo objeto sea el establecimiento de servicios públicos o la creación de dotaciones y equipamientos.

b) Autorizar la constitución de Gerencias y la creación de Consorcios y Sociedades Anónimas y la integración o participación del Instituto en las ya constituidas.

c) Dictar las normas adecuadas para el ejercicio del control de carácter económico-financiero y de eficacia del mismo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1988-05-30.

Más artículos de Ley 3/1988

En El Vínculo puedes leer Ley 3/1988 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.