Artículo 6.
Artículo 6 de la Ley 3/1987, de 13 de abril, de creación del Instituto de Fomento de Andalucía. · BOE-A-1987-10623
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1987-04-15.
Texto consolidado
1. Los órganos de gobierno y dirección del Instituto de Fomento de Andalucía son el Presidente y el Consejo Rector. Este tendrá la composición que reglamentariamente se establezca.
2. El Presidente y los miembros del Consejo Rector serán nombrados por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, a propuesta del Consejero de Economía y Fomento.