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Ley Vigente

Artículo 6.

Artículo 6 de la Ley 3/1986, de 15 de mayo, por la que se regula el procedimiento de creación de Comarcas en el Principado de Asturias. · BOE-A-1986-17091

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1986-06-19.

Texto consolidado

A los efectos de dar cumplimiento a lo preceptuado en el apartado 1 del artículo anterior, adoptada la iniciativa de Comarcalización, ya sea por uno o varios Concejos, por los vecinos o por la Junta General, se remitirán los acuerdos a aquellos Concejos que, ubicados dentro del marco idóneo de delimitación territorial Comarcal, no hayan participado en la iniciativa a fin de que, en el plazo de un mes, resuelvan, por mayoría absoluta, sobre la adhesión y ratificación de los indicados acuerdos, o sobre su oposición a la promoción participativa en la creación de la comarca.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1986-06-19.

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