Artículo 6. Servicio público de comunicación audiovisual.
Artículo 6 de la Ley 22/2005, de 29 de diciembre, de la comunicación audiovisual de Cataluña. · BOE-A-2006-2452
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-01-03.
Texto consolidado
La Generalidad y los entes locales prestan el servicio público de comunicación audiovisual en los términos establecidos por la presente ley y las normas que la desarrollan.