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Ley Vigente

Artículo 6. Nombramiento del Letrado-Secretario general.

Artículo 6 de la Ley 2/1997, de 19 de mayo, del Consejo Jurídico de la Región de Murcia. · BOE-A-1997-21767

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-01-10.

Texto consolidado

El Letrado-Secretario general será designado por el Consejo, a propuesta del Presidente, entre funcionarios licenciados en Derecho, pertenecientes al Cuerpo Superior de Administradores de la Comunidad Autónoma o a cualquier Cuerpo Superior funcionarial de otra Administración Pública u órgano institucional de la Comunidad Autónoma. Corresponde al Presidente y al Consejo apreciar los requisitos de idoneidad, preparación y experiencia para el desempeño de sus funciones.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1998-01-10.

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