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Ley Vigente 2 redacciones

Artículo 6. Deberes y obligaciones de las personas artesanas.

Artículo 6 de la Ley 15/2005, de 22 de diciembre, de Artesanía de Andalucía. · BOE-A-2006-759

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-12-18.

Texto consolidado

Las personas artesanas tendrán los siguientes deberes y obligaciones:

a) Comunicar al Registro de Artesanía de Andalucía, en el plazo que reglamentariamente se determine, el cese de la actividad o cualquier cambio que suponga modificación de los datos contenidos en el mismo.

b) Mantener en vigor la Carta de Artesano o Artesana y hacer uso de ella de acuerdo con lo establecido en esta Ley y en sus normas de desarrollo.

c) Hacer uso de la Carta de Artesano o Artesana sólo si se cumplen los requisitos para tener la consideración de persona artesana y no ha caducado la inscripción en el Registro.

d) Utilizar los distintivos de calidad que se establezcan por la Consejería competente en materia de artesanía, de acuerdo con lo establecido en los artículos 11, 12 y 13 de esta Ley y en sus normas de desarrollo.

e) Hacer publicidad o promoción de productos de artesanía elaborados en Andalucía sólo cuando posean tal consideración según esta Ley y sus normas de desarrollo.

f) En caso de constituir o formar parte de una Zona o Punto de Interés Artesanal, informar a la Consejería competente en materia de artesanía sobre la variación de alguna de las circunstancias que motivaron la declaración.

g) Utilizar el distintivo de Zona o Punto de Interés Artesanal sólo si se encuentra afectado por la declaración y ésta permanece en vigor.

h) El uso debido de la Carta de Maestro Artesano, de acuerdo con esta Ley y sus normas de desarrollo.

Se modifica por el art. 47.1 a 4 del Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre. Ref. BOJA-b-2021-90434

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-12-18.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2021-90434.

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