Artículo 6. Prioridad presupuestaria.
Artículo 6 de la Ley 14/2002, de 25 de julio, de Promoción, Atención y Protección a la Infancia en Castilla y León. · BOE-A-2002-16590
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-08-18.
Texto consolidado
La Junta de Castilla y León contemplará entre sus prioridades presupuestarias las actuaciones previstas en la presente Ley, garantizándose que en ningún caso el incremento anual en las partidas correspondientes a estos programas en cada uno de los Departamentos responsables de los mismos será inferior al porcentaje medio de aumento, para el correspondiente ejercicio, en los presupuestos regionales.