Artículo 6.
Artículo 6 de la Ley 14/1995, de 21 de abril, de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-1995-17372
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-05-04.
Texto consolidado
Las escrituras de constitución de sociedades no podrán ser inscritas en el Registro Mercantil de Madrid, a partir de la entrada en vigor de la presente Ley, si en las mismas no se consigna de modo expreso la prohibición de ocupar cargos en ellas o, en su caso, de ejercerlos, a personas declaradas incompatibles, en la medida y condiciones que quedan fijadas en esta Ley.