Artículo 5.
Artículo 5 de la Ley 14/1995, de 21 de abril, de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-1995-17372
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-05-04.
Texto consolidado
Durante los dos años siguientes a la fecha de su cese, los altos cargos no podrán realizar actividades privadas relacionadas con expedientes sobre los que hayan dictado resolución en el ejercicio del cargo.