Artículo 6.
Artículo 6 de la Ley 12/1985, de 30 de octubre, del Consejo Valenciano de Cultura. · BOE-A-1986-2791
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1985-11-08.
Texto consolidado
Corresponde al Consejo Valenciano de Cultura, de manera especial, emitir el informe al que se refiere la disposición adicional segunda del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana, sobre el anteproyecto correspondiente de la norma estatal que regule la situación del Archivo de la Corona de Aragón.
Transcurridos dos meses desde que le fuera solicitado el informe sin que el Consejo Valenciano de Cultura se hubiera pronunciado sobre el mismo, se entenderá que el anteproyecto cuenta con el parecer favorable de la Institución y que ésta no tiene objeción alguna que formular al respecto.