Artículo 6. Memoria anual.
Artículo 6 de la Ley 11/2018, de 16 de noviembre, de la Inspección General de Servicios. · BOE-A-2019-464
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-01-01.
Texto consolidado
En el primer trimestre de cada año, la Inspección General de Servicios remitirá a la Consejería de la que dependa orgánicamente una memoria de las actuaciones realizadas durante el año anterior. El Consejero elevará la memoria al Consejo de Gobierno y a la Junta General para su conocimiento.