Artículo 6.
Artículo 6 de la Ley 10/2007, de 22 de junio, de la lectura, del libro y de las bibliotecas. · BOE-A-2007-12351
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-06-24.
Texto consolidado
El Ministerio de Cultura, en colaboración con instituciones culturales, promoverá la proyección internacional de las lenguas españolas, con especial atención al espacio iberoamericano del libro en español.
Desde el Ministerio de Cultura se prestará especial atención a las conmemoraciones de los autores españoles que se expresen en castellano o en cualquiera de las lenguas cooficiales de las comunidades autónomas.