Artículo 6. De la Hacienda Pública de la Generalitat.
Artículo 6 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones. · BOE-A-2015-1952
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-03-12.
Texto consolidado
1. La Hacienda Pública de la Generalitat comprende el conjunto de derechos y obligaciones de contenido económico cuya titularidad corresponde a la Administración de la Generalitat y al resto de sujetos que conforman el sector público administrativo de la Generalitat.
2. La Administración de la Generalitat y sus organismos autónomos tendrán el mismo tratamiento fiscal que las leyes establezcan para el Estado.
En la gestión de sus derechos económicos y en el cumplimiento de sus obligaciones la Hacienda Pública de la Generalitat gozará de las prerrogativas reconocidas en las leyes.