Artículo 6. Órganos.
Artículo 6 de la Ley 1/2007, de 5 de junio, del Consejo de Relaciones Laborales. · BOE-A-2007-13684
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-06-13.
Texto consolidado
1. Los órganos del Consejo de Relaciones Laborales son el Pleno, las comisiones, los grupos de trabajo, la Presidencia, la Vicepresidencia, la Secretaría General y la Comisión de Convenios Colectivos.
2. El Consejo de Relaciones Laborales actúa en Pleno, en comisiones y en grupos de trabajo.
3. Pueden crearse las comisiones territoriales que sea oportuno.