Artículo 6.
Artículo 6 de la Ley 1/1985, de 23 de febrero, de Tributación sobre Juegos de Azar. · BOE-A-1985-8698
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1985-02-24.
Texto consolidado
La base imponible sobre la que girará el recargo estará constituido por el importe de la cuota correspondiente a la tasa estatal que grava los juegos celebrados en casinos o mediante máquinas o aparatos automáticos aptos para la celebración de juegos de azar.