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Acuerdo Internacional Vigente

Artículo 6.

Artículo 6 del Instrumento de Ratificación del Convenio sobre la Ley aplicable en materia de Accidentes de Circulación por carretera, hecho en La Haya el 4 de mayo de 1971. · BOE-A-1987-24741

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1987-11-21.

Texto consolidado

En el caso de los vehículos no matriculados o de los matriculados en varios Estados, la ley interna del Estado donde estén habitualmente estacionados sustituirá a la del Estado de matrícula. La misma regla se aplicará cuando ni el propietario, ni el poseedor, ni el conductor del vehículo tuvieren, en el momento de ocurrir el accidente, su residencia habitual en el Estado donde estuviere matriculado el vehículo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1987-11-21.

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