Artículo 6.
Artículo 6 del Instrumento de Ratificación del Convenio número 144 de la Organización Internacional del Trabajo sobre consultas tripartitas para promover la aplicación de las normas internacionales del trabajo, adoptado en Ginebra el 21 de junio de 1976. · BOE-A-1984-26005
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1985-02-13.
Texto consolidado
Cuando se considere apropiado, tras haber consultado con las organizaciones representativas, siempre que tales organizaciones existan, la autoridad competente presentará un informe anual sobre el funcionamiento de los procedimientos previstos en el presente Convenio.