Artículo 6. Requisitos para la tramitación de subvenciones financiables con fondos de los Proyectos Next Generation EU.
Artículo 6 del Decreto-ley Foral 4/2021, de 14 de abril, por el que se aprueban medidas urgentes para la gestión y ejecución de las actuaciones financiables con fondos europeos provenientes del Instrumento Europeo de Recuperación. · BOE-A-2021-9240
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-04-23.
Texto consolidado
En la concesión de subvenciones y ayudas a las que resulte de aplicación la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, no serán exigibles las autorizaciones del Gobierno de Navarra previstas en el artículo 7.3 de dicha ley foral.
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