El Vínculo El Vínculo.
Decreto Legislativo Vigente

Artículo 6. Modalidades de inversión y gestión directa e indirecta.

Artículo 6 del Decreto Legislativo 1/2022, de 26 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Instituto Catalán de Finanzas. · BOE-A-2022-13535

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-07-29.

Texto consolidado

1. El Instituto Catalán de Finanzas es una entidad con ánimo de lucro cuya actividad consiste en la realización de aquellas actividades, operaciones y servicios propios del negocio de banca en general que le sean permitidas por la legislación de entidades de crédito vigente, así como las actividades de inversión en capital riesgo, todo sujeto a la normativa en materia de ayudas de estado.

La supervisión del Instituto Catalán de Finanzas, en cuanto al cumplimiento de la normativa que le es de aplicación, corresponde al departamento de la Generalitat de Catalunya competente en materia de economía y hacienda.

2. Asimismo, puede desarrollar todas las actividades relacionadas, total o parcialmente, de forma indirecta, a través de participaciones en otras entidades de idéntico o análogo objeto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-07-29.

Más artículos de Decreto Legislativo 1/2022

En El Vínculo puedes leer Decreto Legislativo 1/2022 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.