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Decreto Legislativo Vigente

Artículo 6. Sujeto pasivo.

Artículo 6 del Decreto Legislativo 1/2014, de 23 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales del Principado de Asturias en materia de tributos propios. · BOE-A-2015-944

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-01-01.

Texto consolidado

1. Son sujetos pasivos del impuesto el titular del dominio u otro derecho real o personal de disfrute de las fincas o explotaciones agrarias, cuando las exploten directamente y las entidades a las que se refiere el artículo 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (en adelante, LGT), cuando sean propietarias de fincas o explotaciones agrarias.

2. En los casos de arrendamiento, el arrendatario repercutirá en el arrendador el impuesto cuando éste hubiera impedido la aplicación de un plan de mejora de fincas o explotaciones agrarias.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-01-01.

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