Artículo 6. Acceso.
Artículo 6 del Decreto Legislativo 1/2000, de 15 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Ordenación de Cuerpos y Escalas de la Administración Pública de la Región de Murcia. · BORM-s-2001-90005
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-04-13.
Texto consolidado
Los sistemas de acceso y los criterios fundamentales a que deberán atenerse las pruebas selectivas y, en su caso, los cursos selectivos de formación, se regirán, con carácter general, por lo establecido en el Capítulo VI, de la Ley de la Función Pública de la Región de Murcia.
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