El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Derogada

Artículo 59. Evaluación y seguimiento de la medida.

Artículo 59 del Real Decreto 548/2013, de 19 de julio, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2014-2018 al sector vitivinícola español. · BOE-A-2013-7955

Atención: Real Decreto 548/2013 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente intercambiará información, por vía electrónica, con las comunidades autónomas y el sector para garantizar el seguimiento de la medida y promover el correcto funcionamiento de la misma.

2. Las comunidades autónomas elaborarán un informe anual del resultado de los proyectos de inversión y controles efectuados, que se enviará antes del 1 de noviembre al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, con la información facilitada por las comunidades autónomas, realizará anualmente un informe general de evaluación de la medida, acompañado en su caso, de propuestas de modificación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-07-21.

Más artículos de Real Decreto 548/2013

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 548/2013 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.