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Ley Derogada

Artículo 59. Prescripción de infracciones y sanciones.

Artículo 59 de la Ley 7/2007, de 13 de abril, Canaria de Juventud. · BOE-A-2007-10409

Atención: Ley 7/2007 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Los plazos de prescripción de las infracciones y sanciones serán los establecidos en la normativa sobre procedimiento administrativo común.

2. El comienzo y la interrupción de los plazos de prescripción de las infracciones y sanciones se regirán por la normativa sobre procedimiento administrativo común.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-07-19.

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