Artículo 59. Memorias Anuales de Gestión.
Artículo 59 de la Ley 3/2015, de 5 de marzo, de Caza de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2015-6877
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-04-15.
Texto consolidado
Los titulares de los Planes de Ordenación Cinegética, los de granjas cinegéticas, así como los organizadores de cacerías, las asociaciones de cazadores y demás titulares, están obligados a presentar anualmente en los órganos provinciales correspondientes, con anterioridad al 1 de abril, información sobre su actividad cinegética realizada en la temporada anterior, así como las mejoras de gestión acometidas, mediante una memoria anual.
Su anterior numeración era art. 60.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2018-6000.