Artículo 59
Artículo 59 de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas. · BOE-A-1988-18762
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1988-07-29.
Texto consolidado
En aquellos casos en que el vertido pueda propiciar la infiltración o almacenamiento de sustancias susceptibles de contaminar las aguas o capas subterráneas se requerirá la previa realización de un estudio hidrogeológico que justifique su inocuidad.