Artículo 59. Prescripción de infracciones.
Artículo 59 de la Ley 10/2015, de 23 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas. · BOE-A-2016-729
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-01-08.
Texto consolidado
Las infracciones muy graves prescribirán a los cinco años, las graves a los tres años y las leves al año.