El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 59. Concurrencia de actuaciones con el orden jurisdiccional penal.

Artículo 59 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria. · BOE-A-2006-15113

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-01-01.

Texto consolidado

1. En los supuestos en que la conducta pudiera ser constitutiva de delito, la Administración pasará el tanto de culpa a la jurisdicción competente o remitirá el expediente al Ministerio Fiscal y se abstendrá de seguir el procedimiento sancionador mientras la autoridad judicial no dicte sentencia firme, tenga lugar el sobreseimiento o el archivo de las actuaciones o se produzca la devolución del expediente por el Ministerio Fiscal.

2. La sentencia condenatoria de la autoridad judicial impedirá la imposición de sanción administrativa, salvo que se aprecie diversidad de fundamento.

3. De no haberse estimado la existencia de delito, la Administración iniciará o continuará el expediente sancionador con base en los hechos que los tribunales hubieran considerado probados.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-01-01.

Más artículos de Ley 10/2006

En El Vínculo puedes leer Ley 10/2006 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.