Artículo 59. Convocatorias y sesiones.
Artículo 59 del Acuerdo 111/2020, de 30 de diciembre, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueban los estatutos de la Universidad de Valladolid. · BOE-A-2021-909
Atención: Acuerdo 111/2020 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El Reglamento interno del Departamento precisará el régimen de convocatoria, constitución y adopción de acuerdos del Consejo, garantizando la debida documentación y publicidad de tales acuerdos. En todo caso, el Consejo de Departamento se reunirá en período lectivo una vez al trimestre y extraordinariamente cuando el Director lo estime oportuno, o a instancia de un tercio de los miembros que componen el Consejo, o de una Sección o área de conocimiento que integren el Departamento. Para la válida constitución del Consejo de Departamento, a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá: En primera convocatoria, la asistencia, presencial o a distancia, del Director y del Secretario, o de quienes en su caso les suplan, y de, al menos, la mitad de sus miembros; en segunda convocatoria bastará una tercera parte de sus miembros.