Artículo 58. Garantía.
Artículo 58 de la Orden SCB/1240/2019, de 18 de diciembre, por la que se publica el texto refundido de los Estatutos de la Organización Nacional de Ciegos Españoles. · BOE-A-2019-18390
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-12-21.
Texto consolidado
Uno. No podrá incoarse procedimiento disciplinario contra ningún Consejero o Consejera, ya sea General o Territorial, sin que el Consejo General, que habrá de ser consultado preceptivamente, se pronuncie sobre la procedencia de que el expediente sea tramitado.
Dos. El Reglamento de Régimen Interno del Consejo General establecerá los criterios y reglas que rijan en el procedimiento de este tipo de expediente disciplinario.